El control difuso de constitucionalidad y convencionalidad en materia electoral

Raúl Montoya Zamora

Resumen


El presente trabajo persigue como objetivo, dar respuesta a algunas interrogantes relacionadas con el ejercicio del control constitucional difuso en materia electoral, el cual es competencia de los órganos jurisdiccionales especializados en las entidades federativas y las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); vinculadas con la obligatoriedad que tienen los Tribunales Electorales locales, de abordar los planteamientos de constitucionalidad de las normas que hagan las partes en la controversia. Para lo cual, a través del método dogmático jurídico, y del estudio de casos -resueltos por los Tribunales de amparo del Poder Judicial de la Federación en materia administrativa-, se llega a la conclusión de que los criterios adoptados en esa materia, no resultan del todo aplicables a la dinámica del ámbito electoral.


[1] A las Salas del TEPJF además les compete el control constitucional por disposición específica, ya que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 99 de la Constitución, a las Salas del TEPJF, les compete resolver sobre la no aplicación de leyes electorales por considerarlas contrarias a la Constitución.


Palabras clave


Control constitucional; control difuso; control concentrado; materia electoral; ejercicio

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Referencias


 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 Fernández Segado, Francisco, La Justicia Constitucional ante el Siglo XXI, La Progresiva Convergencia de los Sistemas Americano y Europeo-Kelseniano, México, UNAM, 2004.

 Kelsen, Hans, La Garantía Jurisdiccional de la Constitución (La Justicia Constitucional), trad, Rolando Tamayo Salmoran, México, UNAM, 2001.

 Kelsen, Hans, Teoría Pura del Derecho, México, UNAM, 1986.

 Tesis Aislada: III.4o.(III Región) 2 K (10a.), de rubro: CONTROL CONSTITUCIONAL Y CONTROL DE CONVENCIONALIDAD DIFUSO. SUS CARACTERÍSTICAS Y DIFERENCIAS A PARTIR DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 1o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE JUNIO DE 2011.

 Tesis Aislada de clave, I.7o.A.8 K (10a.), cuyo rubro es: CONTROL CONCENTRADO Y CONTROL DIFUSO DE LA CONSTITUCIÓN. SUS DIFERENCIAS Y FINALIDAD DENTRO DEL PROCESO ORDINARIO.

 Tesis Aislada 1a. CCXC/2015 (10a.), de rubro: CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD. SU EJERCICIO NO LIMITA NI CONDICIONA EL DEL CONTROL CONCENTRADO.

 Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 16/2014 (10a.), de rubro CONTROL DIFUSO. SU EJERCICIO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

 Tesis Aislada IV.1o.A.29 A (10a.), de rubro CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES CUANDO ALEGAN LA OMISIÓN DE ANÁLISIS DE CONTROL DIFUSO POR PARTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO.

 Zagreblesky, Gustavo, El Derecho Dúctil, Madrid, Trota, 1995.




DOI: http://dx.doi.org/10.32399/rtla.14.48.723

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