Aplicación retroactiva de las normas civiles en la interpretación del testamento y ajuste del sistema legitimario

Leonardo B. Pérez Gallardo, José Karel Fernández Martell

Resumen


El legislador del Código civil cubano de 1987 se afilió, en relación con la aplicación retroactiva de las normas jurídicas civiles, a la tesis de la retroactividad de grado medio, pues los efectos jurídicos derivados de los testamentos otorgados, vigente el Código Civil español de 1889, conservan su validez, siempre y cuando no se opongan a lo previsto en él, lo cual da al traste con toda lógica jurídica que pretenda garantizar los derechos adquiridos a la muerte del causante; conllevando un necesario “ajuste” de los títulos sucesorios formados al amparo del Código Civil español. En tal virtud, los testamentos otorgados a la luz del Derecho anterior, tendrían un control ex post, vía notarial o judicial, según corresponda, a los fines de determinar que las instituciones contenidas en ellos no contravinieran las normas prohibitivas o imperativas reguladas en el nuevo Código, en lo cual juega un papel esencial la legítima.

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DOI: http://dx.doi.org/10.32399/fder.rdk.2594-0708.2016.19.187

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