Perspectiva capitalista-neoliberal sobre los derechos humanos y el derecho de excepción

Lizbeth Xóchitl Padilla Sanabria

Resumen


Hablar del discurso de derechos humanos no es simple, es menester revisar cuál es su función operativa en la dinámica social en la que se pretenden aplicar. En este sentido, se cometería un grave error episteomológico si se pretende explicarlos desde épocas que ya han sido superadas socialmente. Por ende, la aplicación de los derechos humanos debe seguir la lógica de un sistema neoliberal globalizador, en el cual México está incluido, y en tal virtud, éstos se construyen desde la perspectiva internacional. Y con el fin de que los derechos humanos tengan operatividad dentro del sistema, estos deben observarse a partir de la aplicación del derecho penal de excepción. Por tal motivo, Los derechos humanos se materializan en la Constitución como derechos fundamentales, y la restricción de los primeros también se encuentran en la Carta Magna y que la base jurídica en materia de derecho penal de excepción también los contiene nuestro máximo documento; entonces el derecho penal de excepción forma parte de los derechos fundamentales en nuestro país y la Constitución lo protege a través de las restricciones constitucionales en contra de la aplicación del control interno de Convencionalidad en materia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos

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DOI: http://dx.doi.org/10.32399/fder.rdk.2594-0708.2014.16.176

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